En plena campaña de revocación de mandato, el diputado morenista, Pedro Ortega, se burla de la bandera de México.
En redes sociales se ha compartido múltiples veces un video, en donde se puede ver al diputado en reunión con otros miembros de su partido, jugando con al lábaro patrio a manera de juego, hecho que ha causado indignación entre la gente, esto al considerarlo un símbolo nacional que da identidad a los mexicanos.
Quizá las acciones realizadas en el video parezcan inofensivas, pero el faltar el respeto a los Símbolos Patrios, podría traerte fuertes sanciones, en las que se incluye hasta la cárcel.
En el artículo 191 establece que “al que ultraje el escudo de la República o el pabellón nacional, ya sea de palabra o de obra, se le aplicará de seis meses, a cuatro años de prisión o multa de cincuenta a tres mil pesos o ambas sanciones, esto a juicio de juez”.
Mientras que el artículo 192 de dicho código indica, que “al que haga uso indebido del escudo, insignia o himno nacionales, se le aplicará de tres días, a un año de prisión y multa de veinticinco a mil pesos”.
Cabe recordar que México cuenta con una Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional; los Símbolos Patrios a los que todos los mexicanos deben de respetar y rendir honores, misma que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el día 8 de febrero de 1984.
Dicha Ley establece en el artículo 56 que las contravenciones a dicho ordenamiento que no constituyan un delito para el Código Penal del Distrito Federal en materia de Fuero Común y para toda la República en matera de Fuero Federal, pero que impliquen un desacato o falta de respeto a los Símbolos Patrios, se castigarán, según su gravedad y la condición del infractor con una multa hasta por el equivalente a 250 veces el salario mínimo o con arresto hasta por 36 horas.
En tanto en el material que circula, se puede apreciar claramente la imagen del diputado Pedro Ortega y de su esposa, así como del político Miguel González, el actual regidor Rogelio Gómez, la servidora de la nación Leticia Ramírez y los militantes morenistas Diego Ávalos y Jonathan Alcantar.
Hasta el momento ninguno de los implicados se ha manifestado al respecto, por lo cual varios ciudadanos les piden que se hagan responsables de sus actos, ya que esto podría hacer que las personas vean a bien, el burlarse de los símbolos patrios que nos dan identidad.
En Detalle
La ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional, tanto en el canto, ejecución, reproducción y circulación, deben apegarse a la letra y a la música de la versión establecida, haciéndose de manera respetuosa y en un ámbito que permita observar la debida solemnidad, lo que se establece en el artículo 38.
Mientras que en el artículo 39 se lee: “queda estrictamente prohibido alterar la letra o música del Himno Nacional y ejecutarlo total o parcialmente en composiciones o arreglos. Asimismo, se prohíbe cantar o ejecutar el Himno Nacional con fines de publicidad comercial o de índole semejante”.