IEEG aprueba procedimiento para la eventual liquidación de Nueva Alianza Guanajuato
Guanajuato, Gto.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), aprobó el procedimiento a seguir para la eventual liquidación del partido político local Nueva Alianza Guanajuato.
El pasado 9 de junio los consejos distritales y municipales electorales llevaron a cabo los cómputos totales y declaración de validez de las elecciones de diputaciones locales de mayoría relativa, así como de los ayuntamientos. En este sentido, el partido Nueva Alianza Guanajuato obtuvo 2.73 por ciento y 2.76 por ciento, respectivamente.
Posteriormente, el 13 de junio, el Consejo General llevó a cabo la sesión permanente de cómputo estatal y declaración de validez de las elecciones de diputaciones locales de representación proporcional, en las que el partido Nueva Alianza Guanajuato obtuvo el 2.73 por ciento.
Debido a que la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato (LIPEEG), indica que los partidos que no hayan obtenido en la elección, por lo menos el 3 por ciento de la votación emitida en alguna de las elecciones de gubernatura o diputaciones a la legislatura local, perderán su registro.
Si bien el proceso de liquidación de partidos políticos locales iniciará cuando el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG) confirme la declaración de pérdida de registro, la Unidad Técnica de Fiscalización del INE ha fijado las etapas del proceso de liquidación.
De esta forma, el partido solo podrá pagar gastos relacionados con nóminas e impuestos, por lo que deberá suspender cualquier pago a proveedores o prestadores de servicios.
Además, se designará a una persona interventora por la Comisión de Fiscalización de este Instituto.
Autoridades del IEEG informaron que el proceso de liquidación iniciará cuando la persona interventora emita el aviso de liquidación correspondiente y éste se publique en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato.
En el caso de que Nueva Alianza Guanajuato pierda su registro, dicho partido será puesto en liquidación y perderá su capacidad para cumplir con sus fines constitucionales y legales.
Solo subsistirá con personalidad jurídica para el cumplimiento de las obligaciones contraídas que obtuvo hasta la fecha en que quede firme la resolución que apruebe la pérdida de registro.